En Base a Informes de la Contraloría

CONCEJAL RICARDO KUNSTMANN HOTT. “AQUÍ NO EXISTEN ILÍCITOS. LO QUE EXISTE EN LA MUNICIPALIDAD DE PANGUPULLI SON GRAVÍSIMAS IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS”

23/03/09

Desde que se inició una serie de presentaciones y denuncias a la Fiscalía de Panguipulli por parte de 2 concejales y por el propio Alcalde René Aravena Riffo, teniendo como fundamento informes de la contraloría. El Concejal Ricardo Kunstmann Hott se había mantenido hermético en cuanto a su posición frente a los acontecimientos, toda vez que se caracteriza por ser un férreo fiscalizador dentro de sus funciones como concejal. Las razones quedaron de manifiesto tras acceder a una entrevista exclusiva solicitada por El Diario Panguipulli.cl

“Yo me quiero referir al tema de los $554.207.308, y en ese sentido no me baso en apreciaciones subjetivas, me baso en los informes escritos, en los informes de contraloría. Al informe N° 111 del año 2005, el N° 78 del año 2006, el N° 27 del 2007 y el N° 12 del 2008.

Concejal de acuerdo a su apreciación ¿existen elementos que puedan calificarse como constitutivos de delito a raíz de estos informes?

Yo considero que existen gravísimas irregularidades administrativas, pero yo estimo que no son ilícitos, basado en lo que le voy a exponer.

En mí análisis del informe N° 12, creo que aquí se aceleraron las situaciones, creo que hay que analizar, interpretar y leer más a fondo los informes. Creo estar bastante interiorizado de esta situación que se viene arrastrando desde que se tuvo conocimiento del informe N° 111 del año 2005 y que fue analizado por el Concejo Municipal en reunión extraordinaria el 3 de noviembre del año 2005. ¿Que dice este informe? El informe N° 111 en la página número 7 expresa: “que se verificó que la Cuenta Disponibilidades en Moneda Nacional registraba un saldo acreedor de $481.558.877, situación que no se ajusta a la normativa del Sistema de Contabilidad General de la Nación, por cuanto dicha cuenta debe presentar saldo deudor”. En el informe N° 111 se registraba un saldo acreedor y en el informe N° 12 estamos hablando de un saldo deudor. Por eso digo que estamos hablando de graves irregularidades administrativas que deben ser solucionadas dentro del municipio y de haber existido ilegalidades la propia contraloría las habría denunciado a la fiscalía.

Esta información errónea podría estar explicada por operaciones contables que no son registradas por la municipalidad, particularmente depósitos directos a la cuenta corriente. Me explico, si viene un cheque del Servicio Nacional de Salud por concepto de pago del per cápita, por ejemplo, no se hace el asiento y posteriormente se gira un cheque para pagar a funcionarios de la salud. Entonces, se produce un desfase negativo, un gasto. También ocurrió que se duplicaron Decretos Municipales. Es decir, a fines de año existen decretos alcaldicios que autorizan el pago de un monto y al no haber fondos simplemente no se canceló, en enero del año siguiente se hace un nuevo decreto por el mismo monto, se cancela, pero no se anuló el anterior decreto.

El saldo acreedor de la Cuenta Disponibilidad en Moneda Nacional “No solo corresponde a un saldo histórico proveniente de años anteriores, sino que se acrecienta”. Según lo explicó el Jefe de Finanzas don Roberto Gutiérrez Leal.

En efecto, al inicio del año 2004, de acuerdo con el Libro Mayor, la Disponibilidad en Moneda Nacional tenía un saldo acreedor de $305.782.839, el que aumentó a $520.034.640, al finalizar dicho período y hoy de acuerdo al informe N° 12 vamos en $554.207.308, la conclusión del informe N° 111 de la contraloría expresa, dice el concejal Kunstmann: “En consecuencia, procede que la Municipalidad de Panguipulli adopte las medidas pertinentes en orden a dar cabal cumplimiento a las normas, principios y procedimientos técnicos que sustentan el sistema de Contabilidad General de la Nación”. Se pregunta el concejal Kunstmann. Si la contraloría hubiese descubierto un ilícito así como lo descubre en 3 aspectos del informe N° 27 ¿No cree que la contraloría los hubiese puesto a disposición de la fiscalía también, ya que es su obligación? El propio informe N° 27 envió tres casos a la fiscalía. Por no pago de cotizaciones previsionales de los funcionarios de la Corporación Municipal, por utilización de los dineros descontados de los sueldos de los trabajadores del Área Educación para su Servicio de Bienestar y por trabajos cancelados y no concluidos en Villa Palguin, Causa N° 0600891552-9 y en los que espero la municipalidad se haga parte.

Por su parte el informe N° 78 (Y del que nadie de los que han efectuado las denuncias a la fiscalía ha mencionado o presentado) del 26 de julio de 2006, de la contraloría, respecto a la Cuenta Disponibilidades en Moneda Nacional N° 21196, dice: “Esta cuenta presenta un saldo acreedor por $543.638.958, (Prácticamente casi el mismo valor del que hablamos hoy) situación que se acrecienta anualmente. Es preciso señalar que esta cuenta de activo debería tener un saldo deudor o bien un saldo cero, considerando que en dicha cuenta se cargan LOS RECURSOS FINANCIEROS PERCIBIDOS Y SE ABONAN LOS PAGOS EFECTUADOS POR LA MUNICIPALIDAD”.

Es la propia contraloría quien señala, expresó el concejal Kunstmann, que: “Esta situación se debería en parte, a operaciones contables que se estarían DUPLICANDO, ya que la Cuenta Disponibilidades en Moneda Nacional (21196) se abonaría en ambas operaciones por un mismo pago, originándose al momento de emitir el decreto de pago que posteriormente no es cancelado por falta de fondos, ya que no existen conciliaciones bancarias al día. Asimismo al momento de haber recursos se procede a elaborar otro decreto de pago afectando a las mismas cuentas por los mismos montos, sin anular contablemente el anterior. Situación que se determino en los siguientes pagos”. Y aquí el fiscalizador o funcionario de la contraloría en el informe N° 78 del año 2006 nos da tres ejemplos al azar y en ellos se puede comprobar que los decretos anteriores por los mismos pagos y montos no se habían anulado.

DECRETO DE PAGO

MONTO

DECRETO DE PAGO

MONTO

NUMERO

FECHA

 

NUMERO

FECHA

 

2651

28.11.05

$2.954.907.-

17

05.01.06

$2.954.907.-

2576

17.11.05

$70.000.-

46

06.01.06

$70.000.-

2653

28.11.05

$4.117.202.-

68

09.01.06

$4.117.202.-

En cuanto a las conciliaciones bancarias, en reiteradas oportunidades y desde el informe N° 111 que la contraloría viene observando esta materia. Creo que en este último tiempo recién se vino a subsanar este tema. Ahora si hubiesen existido las conciliaciones bancarias como lo exige la ley, este problema se habría detectado en su momento.

Quiero señalarle que como concejal trato de ser lo más responsable posible y siempre digo y escribo las cosas en blanco y negro, sin términos medios. Por eso cuando se me preguntaba sobre este ilícito de los $554.207.308, yo siempre he dicho y creo que no hay un ilícito. Sigo sosteniendo lo mismo basado en los informes de la propia contraloría, por que no voy a entrar en subjetividades sino en aspectos reales. Entonces creo que estamos frente a un desorden CONTABLE Y ADMINISTRATIVO y esto debería haberlo sancionado o haber tomado las medidas el alcalde respectivo. Por lo tanto corresponden sanciones administrativas y no ilícitos que tengan que pasar a la fiscalía y repito, por algo la contraloría respecto de los $554.207.308, no interpuso la denuncia. Incluso la contraloría viene esta semana a ver el asunto de los sumarios y curiosamente no a interponer denuncias en la fiscalía, ya que sin dudas, estamos frente a un problema de carácter administrativo y no delictual.

¿Cuál es la conclusión del informe N° 78 que al parecer no está dentro de los documentos adjuntados en las denuncias presentadas a la fiscalía?

La conclusión señala textualmente: “Al respecto la Municipalidad de Panguipulli deberá adoptar las medidas administrativas pertinentes con el fin de regularizar contablemente las diferencias señaladas en el párrafo anterior”.

¿Respecto al informe N° 12 cual es su opinión concejal?

Me limito a la conclusión del informe que dice textualmente. “Considerando los antecedentes de que da cuenta este informe final, corresponde que esa autoridad adopte las medidas conducentes a superar las deficiencias advertidas, sin perjuicio que esta contraloría procederá en su oportunidad a incoar los sumarios administrativos correspondientes”.

¿Estamos hablando que a raíz del informe N° 12 faltan todavía varios pasos?

Yo insisto y se lo dije al concejal que planteo esto a la fiscalía (Valdivia) en orden a que faltó conversarlo, que hay tres concejales del período anterior que manejamos antecedentes y yo creo que se apresuró. Las personas que llevaron específicamente este punto(4to. Párrafo 2.4 del informe N° 12) se apresuraron, se aceleraron.

¿Cuál va a ser su accionar a contar de este momento, toda vez que ya se conoce su posición y pensamiento respecto de este tema?

Con mucha calma, con tranquilidad, tengo y dispongo de los antecedentes, así es que de todas maneras cuando lleguen los funcionarios de contraloría, quiero conversar con ellos.

Para finalizar el Concejal Ricardo Kunstmann, dijo: “En la reunión de día 26 de febrero de 2009, propuse que se realizaran gestiones, como consecuencia del informe N° 27 de la Contraloría Regional de Los Lagos y las que reiteré en carta N° 010/09 dirigida al Alcalde y Presidente del Concejo Municipal con fecha 11 de marzo de 2009. Me refiero a las tres denuncias presentadas por la contraloría a la fiscalía local en base al informe N° 27 y que según mi parecer es necesario que la municipalidad se haga parte en dichos procesos”.

Además el concejal adelanto que de acuerdo a la información que maneja. El Tribunal Regional Electoral (TER) está pronto a dictar sentencia, a raíz de las denuncias que presentaron a dicho organismo el propio Concejal Kunstmann y los concejales Ruiz y Duran, en contra del alcalde de la pasada administración.

 

<<<Volver