26/07/2018 Pedro Burgos Vásquez. 26/07/2018 Es preciso recordar que con fecha 26 de Julio de 2017 La Municipalidad de Panguipulli y particulares presentaron una denuncia ante la SMA por descargas de aguas servidas al Lago Panguipulli. Pedro Burgos afirma que “en lo personal he leído la resolución reciente de la SMA y no deja de sorprender su tibieza para abordar, en primer lugar, el verdadero rol de una Superintendencia, que debe actuar de por sí y ante sí en resguardo del medio ambiente. Es decir, mediante sus funciones y atribuciones, por sobre todas las cosas, debe proteger y cuidar el medio ambiente y junto a ello a los ciudadanos de nuestro país”. Burgos añade que “la resolución consta de 70 puntos en lo relativo al proceso y de 15 puntos en el acápite de su resolución que solo aprueba un Plan de Cumplimiento presentado por la empresa ESSAL ante la formulación de cargos producto de la denuncia de la Municipalidad de Panguipulli y de un ciudadano de esta ciudad”. Pedro Burgos también aseguró que analizada la resolución, “esta NO revoca la Resolución de Calificación Ambiental -RCA- por incumplimientos gravísimos que estaban acreditados. No exige el ingreso total del proyecto, RCA del 1997 más las nuevas inversiones, en un Estudio de Impacto Ambiental -EIA-, sino que deja abierta la decisión a la empresa en cuanto a si lo ingresa como Declaración de Impacto Ambiental -DIA- o Estudio de Impacto Ambiental. La diferencia es sustancial entre ambas alternativas: la primera solo declara obras y acciones ante el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, sin participación ciudadana y con estudios básicos de cada parte de lo declarado. En cambio un Estudio de Impacto Ambiental describe obras y acciones, reconoce daños y alteraciones, propone soluciones, y lo más relevante es que posee participación de la comunidad. Hoy día el estándar para una ZOIT es precisamente ese; cada persona de nuestra comuna y ciudad merece conocer en la globalidad y en detalle el proyecto total que garantice sustentabilidad y la protección del Lago Panguipulli y la calidad de vida de la población, procedimiento que debería ser igual para todos los lagos de la comuna de Panguipulli y el país”. Burgos agrega que la resolución de la SMA “no establece multa alguna, nada, ni un peso. Hace poco tiempo Essal fue multada en la Región de Los Lagos por hechos similares, acá no sólo son hechos son similares sino que se acreditó que las descargas se vienen realizando sostenidamente desde hace muchos años”. “Ahora, ante la solicitud de la Municipalidad de Panguipulli ingresada el 23 de Julio, y donde la resolución en cuestión la hace parte del proceso, es importante aclarar que efectivamente la hace parte, pero del proceso de evaluación del plan ya aprobado”, aseguró. “Aún más grave, respecto de los tubos de descargas se acepta su “sumergimiento” SIN EVALUACIÓN AMBIENTAL exigido por la SMA y donde sólo hay compromiso de un trámite de concesión ante la Autoridad Marítima. Es decir, esconder las descargas”, dijo Burgos. “En lo concreto, el proceso sancionatorio terminó aprobando un plan de inversiones y acciones que el titular del proyecto debía haber cumplido hace muchos años a vista y paciencia de los organismos supervisores, le entrega un año y 7 meses para su cumplimento, que de no cumplir establece multas, y además, por resolución, deja sin participación ciudadana a la comunidad de Panguipulli”, concluyó Pedro Burgos Vásquez, ex Director de Sernatur Los Ríos y ciudadano de Panguipulli. |