21/06/2017 21/06/2017 Dicho aporte, establece el texto legal, deberá garantizar una pensión mensual correspondiente a veinte Unidades de Fomento. Para el cálculo de este Aporte Previsional Complementario, añade la iniciativa, el Instituto de Previsión Social deberá considerar la pensión autofinanciada del trabajo y los aportes que éste reciba del Pilar Solidario. De esta forma el Aporte Previsional Complementario se calculará con la diferencia entre las veinte Unidades de Fomento y la suma de la pensión autofinanciada con el Aporte Solidario. Al respecto, el Diputado Jaramillo señaló que con el ingreso a tramitación de este texto legal comenzará una nueva historia previsional para las y los bomberos de nuestro país, quienes, destacó, realizan una labor voluntaria que tiene su origen en el año 1850. Ellos, recalcó el legislador, pese a su loable labor no cuentan con resguardos previsionales o laborales debido a su función voluntaria, de ahí la importancia de la iniciativa que ha sido presentada hoy. |