22/12/2017 Laura Vásquez Rodríguez, Directora del Trabajo de Los Ríos. 22/12/2107 “La normativa señala que los trabajadores del comercio deben estar fuera de los locales de trabajo máximo a las 20 horas lo que exige que los establecimientos deberán cerrar con la debida anticipación. Nuestro servicio mantendrá un turno para verificar el cumplimiento de las disposiciones vigentes al respecto. La página institucional también contará con un banner para registrar denuncias. Hemos observado los últimos años un buen cumplimiento a lo que establece la ley lo que nos hace pensar que las indicaciones serán respetadas” precisó la autoridad laboral. EXISTEN EXCEPCIONES Las normas en rigor precisan cuales son los trabajadores exceptuados de gozar de este beneficio: aquellos que se desempeñan en clubes, restaurantes, establecimientos de entretenimiento, tales como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs, cabarets, casinos de juego. Tampoco será aplicable a los dependientes de expendio de combustibles, farmacias de urgencia y las que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. Las tiendas de conveniencia asociadas a servicentros podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí se ofrecen, con la elaboración y venta de alimentos preparados, que puedan ser consumidos por el cliente en el propio local. NEGOCIOS DE BARRIO Pequeños comercios ubicados en sectores periféricos de la ciudad podrán recibir a sus clientes solamente si la atención al público la realiza el propio dueño o sus familiares directos. El llamado de la autoridad a este sector minorista es que respeten la norma. |