14/08/2022 14/08/2022: Comunicaciones Seremi Energía Los Ríos. En esa línea, el seremi de Energía, explicó que, “hemos recibido varias consultas sobre esta situación que afecta directamente a quienes no pueden acceder al pellet de forma adecuada y que se da en un contexto de alta demanda de un producto y con escasez de provisión. Por lo tanto, como Gobierno, tenemos el deber de reportar y denunciar estas situaciones, donde a raíz de una necesidad no faltan quienes quieren sacar provecho de la situación”. Frente a esto, la autoridad añadió que, “nos reunimos con el director del SII y pudimos confirmar que efectivamente existen sanciones para quienes venden de manera formal e informal y que incurren de igual forma en el sobre precio o venta ilegal, ya sea comercializando productos de dudosa procedencia o no entregando boletas. Por lo tanto, seguiremos trabajando para evitar este tipo de delitos que solo afectan a quienes más lo necesitan”. MULTAS Y SANCIONES Por su parte, el director regional del SII, explicó que, “la comercialización irregular se constituye en una serie de infracciones sancionadas a nivel del Código Tributario. En nuestro caso, contempla infracciones que comete tanto el vendedor formal e informal como el comprador, y la razón de aquello deriva de que no sólo se debe sancionar al vendedor o prestador de servicios informales que se posiciona en un mercado con ciertas ventajas respecto de los formalizados, sino también al comprador o cliente final”. El director regional agregó que, “la comercialización clandestina o informal, se entiende como aquella que es ejercida por personas que no pertenecen al comercio establecido o que no cumplen con los requisitos propios de la actividad económica como reglas sanitarias, de acopio, de seguridad, pago de patente, permisos, etc. Pero también la venta irregular puede ser cometida por un comerciante establecido, cuando este vende sin entregar la respectiva boleta de compra, documento esencial en una operación formal que garantiza la regularidad de la operación y la calidad del producto que se vende”. Respecto a las multas y sanciones, las autoridades dieron a conocer que estas pueden variar de acuerdo a la situación. Por ejemplo, si el comerciante formalizado no entrega la boleta de venta puede ser sancionado con una multa entre 50% al 500% del monto de la operación y clausura de hasta 20 días. En tanto, para el comercio no establecido, las penas son de presidio menor en cualquiera de sus grados (61 días a 5 años), más el decomiso de las especies comercializadas y una multa de 1 a 10 UTA’s, dependiendo el valor de las especies decomisadas. LLAMADO A DENUNCIAR Finalmente las autoridades indicaron que, “lo fundamental para no incentivar la informalidad en la venta de distintos productos, es evitar utilizar los canales de compleja fiscalización, como las redes sociales, por ejemplo. De esta forma, el llamado a la comunidad es denunciar en el SII cuando vean alguna situación antes mencionada y tomar conciencia de que sus compras deben ser siempre en el comercio establecido y con boleta, ya que de otra forma estarán expuestos a estafas, productos sin garantía, entre otros”. |