15/07/2016
DIPUTADO ENRIQUE JARAMILLO INFORMÓ QUE CÁMARA APROBÓ PROYECTO QUE AMPLÍA MECANISMOS DE FINANCIAMIENTO PARA BOMBEROS

Diputado Jaramillo (PPD), uno de los autores de la iniciativa, señaló que el texto legal busca transparentar el mercado de valores y que los beneficios de las acciones de personas que han fallecido y de quienes no se conozca el paradero de sus herederos lleguen a quienes la ley ha establecido como sus beneficiarios, en este caso, el Cuerpo de Bomberos de Chile.

15/07/2016
La Cámara de Diputados aprobó, de forma unánime, el proyecto que modifica la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas, para perfeccionar los mecanismos que en ella se establecen en beneficio de los Cuerpos de Bomberos de Chile, relativo al remate de acciones no reclamadas. La iniciativa establece un procedimiento más claro para el remate de acciones no reclamadas, en que los dineros obtenidos son entregados a los Cuerpos de Bomberos.

Se trata de una propuesta legal presentada, entre otros, por el diputado del PPD, Enrique Jaramillo, quien tras la aprobación de la iniciativa, manifestó su satisfacción porque, dijo, “como he reiterado tantas veces, el Cuerpo de Bomberos de Chile es una de aquellas instituciones de la República respecto de la cual los chilenos nos sentimos orgullosos a nivel mundial, principalmente por dos razones. La primera es el alto profesionalismo de estos combatientes de las catástrofes y la segunda, el hecho de que ellos sean voluntarios y realicen su labor sólo por el alto honor de servir a sus semejantes y a la patria misma.En razón de esa voluntariedad y del alto costo que tiene sus operaciones, especialmente en Chile en donde cada año vemos catástrofes de distinto índole y no sólo incendios, explicó Jaramillo, “resulta un tema de importancia el financiamiento de estos cuerpos de voluntarios”.

TEXTO LEGAL

La iniciativa establece que las personas que, por su giro o actividad, mantengan acciones a nombre propio, pero por cuenta de terceros - salvo el fideicomiso que se establece para las autoridades públicas-, tendrán la obligación de informar en marzo de cada año a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) sobre la identidad de esos terceros, la cantidad de acciones por emisor, el nombre de las sociedades emisoras y cualquier otra información que posea para una perfecta individualización de la acción y del accionista. Los bancos e instituciones financieras en esta situación referirán la información a la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. En el caso de no saber la identidad de estos terceros dueños de las acciones, deberán citar a los eventuales interesados en ellas mediante dos avisos publicados en el Diario Oficial, primero, y luego en un diario de circulación nacional.

El Diputado Enrique Jaramillo señala que se “se busca transparentar el mercado de valores y que los beneficios de las acciones de personas que han fallecido y de quienes no se conozca el paradero de sus herederos lleguen a quienes la ley ha establecido como sus beneficiarios, en este caso, el Cuerpo de Bomberos de Chile”.

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